Jimena
Fernández Herrera
Educación
intercultural bilingüe en México.
El
objetivo principal es dar a conocer desde diferentes perspectivas, ya
sean talleres, programas de estudio, la Ley General de Educación
entre otros textos; la educación básica, la media superior y la
superior que tienen los indígenas dentro de nuestro país, así como
los derechos que tienen con respecto a la educación.
La
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que
nuestro país es pluricultural. Menciona en su Artículo 2° que: la
nación esta conformada por una pluricultural mantenida originalmente
en sus pueblos indígenas, que son aquellos que descienden de
poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al
iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones
sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas. La
conciencia de su identidad indígena deberá ser criterio fundamental
para determinar a quiénes se aplican las disposiciones sobre pueblos
indígenas. Admite también que las autoridades federales, estatales
y municipales están obligadas a garantizar y hacer crecer los
niveles de escolaridad, en favor de la educación bilingüe e
intercultural, la afabetización, la conclusión de la educación
básica, la capacitación productiva y la educación media superior.
Debe de formar un sistema de becas para los estudiantes indígenas en
todos los niveles, además de definir y desarrollar programas
educativos de contenido regional que reconozcan la herencia cultural
de sus pueblos, de acuerdo con las leyes de la materia y en consejo
con las comunidades indígenas. Se debe de impulsar el respeto y
conocimiento de las diversas culturas exixtentes en la nación . Los
educadores, tienen por obligación fortalecer las lenguas y las
culturas que nos definen como país pluricultural. En el año 2003 se
formula la Ley de Derechos Lingüísticos; esta ley consiste en dar
derecho a los estudiantes de educación básica de recibir educación
en su propia lengua, independientemente del lugar en donde estén
estudiando. Las autoridades educativas federales y las entidades
federeativas garantizarán que la población indígena tenga acceso a
la educación obligatoria, bilingüe e intercultural, y adoptarán
las medidas necesarias para que en el sistema educativo se asegure el
respeto a la dignidad e identidad de las personas, independientemente
de su lengua. La aparición de la Ley de Derechos Lingüístucos
hizo que se modificara la Ley General de Educación, que añade a la
educación el promover durante la enseñanza el conocimiento de la
pluralidad lingüístuca de la nación y el respeto a los derechos
lingüísticos de los pueblos indígenas; los hablantes de lenguas
indígenas tendrán acceso a la educación obligatoria en su propia
lengua y en español esto se encuentra dentro del Artículo 7°,
fracción IV).
La
interculturalidad no admite asimetrías, las asimetrías que podemos
encontrar son: económicas, políticas y sociales. Los educadores
deben de luchar en contra de las asimetrías educativas, las cuales
también existen. Las dos asimetrías educativas que se deben de
combatir son: la primera es la escolar, la que conduce que sean las
poblaciones indígenas las que menor acceso tienen a la escuela, las
que presentan mayores dificultades, las que más desertan, las que
menos progresan de nivel a nivel; lo más preocupante es que la
asimetría escolar es la que nos explica por qué los indígenas
aprenden menos de la escuela, y por qué aquello que aprenden les
sirve menos para su vida actual y futura. Esta asimetría escolar se
comprueba facilmente al analizar los indicadores de desarrollo
educativo. Los datos del último Censo Nacional de Población y
Vivienda (2000), el analfabetismo entre la población no hablante de
lengua indígena de 15 años de edad o más ascendía al 7.54%. En
cambio, entre la población indígena, está proporción es más de
cuatro veces mayor del 33.7%. La población adulta no indígena sin
instrucción a nivel nacional representa el 8.31% de la población
total, mientras que entre los indígenas representa el 31.35%. En el
otro extremo, el 11.58% de la población adulta no hablante de lengua
indígena cuenta con estudios superiores, mientras que esto es cierto
solo el 2.6% de la población hablante de lengua indígena. Por cada
niño no indígena en edad escolar (6-14 años), fuera de la escuela
hay dos niños indígenas. La deserción y la reprobación en la
escuela primaria son mayores en las escuelas indígenas que en las no
indígenas. Sólo el 2.54% de los alumnos de sexto grado de primarias
indígenas logra los niveles máximos de desempeño en las pruebas
nacionales de español, y solo 0.67% en matemáticas. La asimetría
escolar se combate ofreciendo una educación de calidad. México
tiene en ello uno de sus mayores retos educacionales.
La
asimetría educativa es la valorativa, esta explica la razón por la
cual existe un grupo cultural mayoritario que se considera superior,
culturalmente, a los demás. En cuanto al racismo introyectado, nos
dice qué es lo que sucede con los grupos minoritarios, y como es que
en situaciones de relaciones con los mestizos, se consideran a sí
mismos como inferiores; esta asimetría da como resultado que no
existan las relaciones entre grupos culturales distintos y no exista
igualdad. La asimetría valorativa debe combatirse con los grupos
indígenas persigiendo y obteniendo, como fruto de la educación
básica, el orgullo de la propia identidad . Esta asimetría, de la
discriminación y el racismo, se encuentra en la población mestiza.
La educación intercultural tiene que ser para toda la población. Si
no es para todos, no es intercultural. En México se comete el error
de llamar a la modalidad educativa bilingüe destinada a poblaciones
indígenas “intercultural bilingüe. La asimetría valorativa con
población mestiza debe combatirse enfrentando el racismo. No puede
realizarse de manera directa debido a que el mexicano no se reconoce
a sí mismo como racista. Para lograrlo, es necesario que todos los
mexicanos conozcan la riqueza cultural del país, a través del
curriculum de todos los niveles educativos y de manera muy especial
del de educación básica.
También
dentro del artículo 2° se garantiza el derecho de los pueblos de
preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y cultura, y
enuncia la obligación gubernamental de establecer políticas e
instituciones sociales orientadas a alcanzar la igualdad de
oportunidades, la eliminación de discriminsciones, así como el
desarrollo integral de sus pueblos y comunidades mediante la
participación activa de los propios indígenas. En el terrreno de la
educación, la Constitución mexicana señala que para abatir las
carencias y rezagos que afectan a los pueblos indígenas, los
gobiernos están obligados a: Garantizar e incrementar los niveles de
escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, la
alfabetización, la conclusión de la eduación básica, la
capacitación productiva y la educación media superior. En
conclusión se debe de establecer un sistema de becas para los
estudiantes indígenas en todos los niveles. Definir y desarrollar
programas educativos de contenido regional que reconozcan la herencia
cultural de sus pueblos, de acuerdo con las leyes de la materia y en
consulta con las comunidades indígenas. Impulsar el respeto,
tolerenacia y conocimiento de las diversas culturas existentes en la
nación (B, fracción II).
Referencias.
SEP
(2006) Geografia de México y del Mundo. Antología. Primer taller
de Actualización . México,
D.F: SEP
SEP
(2006) Plan de Estudios 2006. México,
D.F: SEP
SEP
(2007) Políticas y Fundamentos de la Educación Intercultural
Bilingüe en México. México,
D.F. :SEP
No hay comentarios:
Publicar un comentario